En los últimos días los Line Managers están pidiendo
disponibilidad para dar soporte a la operación de Tokyo2020, en dicha reunión
os informan tanto de las compensaciones económicas como de las horas de libre
disposición, algunos de vosotros habéis notado dos cosas muy importantes.
En la parte económica, la empresa parece respetar las
condiciones económicas del Acuerdo Marco de MSL (42€ todos los días y 51€ los
de turno de noche), cosa que no hizo en las operaciones de 2019.
En la parte de compensación de horas, NO se respeta el
Acuerdo Marco con los días de libre disposición, según el artículo
5.4.1.
Compensación en tiempo libre del Acuerdo Marco
de MSL:
“Durante los períodos de
operación cada hora que se realice adicional a las ordinarias diarias (8 o 7
horas diarias de lunes a viernes o bien de lunes a domingo en función de lo
dispuesto en el contrato de trabajo de cada empleado) entendiéndose incluidas,
a estos efectos, dentro de las horas ordinarias diarias las horas desplazadas
de la jornada diaria expuesta en su distribución semanal correspondiente
(lunes-viernes o lunes-domingo), se compensará con una hora de descanso y con
la compensación económica diaria que más adelante se expone.
Para su disfrute, estas horas
podrán ser acumuladas en días completos que se disfrutarán una vez terminada la
operación/evento. El empleado podrá solicitar a su manager las fechas en las
que desea disfrutar las horas libres que le correspondan, que a falta de
respuesta en un plazo de 15 días naturales, se tomará en firme.”
En las condiciones que está ofreciendo la empresa se están
restando 7 horas por cada día que se libra dentro de la operación, cosa
prohibida en el artículo anterior.
Os vamos a poner un ejemplo práctico de las condiciones
ofrecidas a un compañero con un contrato de 40 horas de lunes a viernes.
Día
|
Turno
|
Euros
|
TOIL Acuerdo
|
TOIL ofrecido
|
10-jul
|
V
|
diurno
|
42
|
5
|
5
|
11-jul
|
S
|
diurno
|
42
|
12
|
12
|
12-jul
|
D
|
nocturno
|
51
|
12
|
12
|
13-jul
|
L
|
nocturno
|
51
|
5
|
5
|
14-jul
|
M
|
libre
|
42
|
|
-7
|
15-jul
|
X
|
libre
|
42
|
|
-7
|
16-jul
|
J
|
diurno
|
42
|
5
|
5
|
17-jul
|
V
|
diurno
|
42
|
5
|
5
|
18-jul
|
S
|
nocturno
|
51
|
12
|
12
|
19-jul
|
D
|
nocturno
|
51
|
12
|
12
|
20-jul
|
L
|
libre
|
42
|
|
-7
|
21-jul
|
M
|
libre
|
42
|
|
-7
|
22-jul
|
X
|
diurno
|
42
|
5
|
5
|
23-jul
|
J
|
diurno
|
42
|
5
|
5
|
24-jul
|
V
|
nocturno
|
51
|
5
|
5
|
25-jul
|
S
|
nocturno
|
51
|
12
|
12
|
26-jul
|
D
|
libre
|
42
|
7
|
-7
|
27-jul
|
L
|
libre
|
42
|
|
-7
|
28-jul
|
M
|
diurno
|
42
|
5
|
5
|
29-jul
|
X
|
diurno
|
42
|
5
|
5
|
30-jul
|
J
|
nocturno
|
51
|
5
|
5
|
31-jul
|
V
|
nocturno
|
51
|
5
|
5
|
01-ago
|
S
|
libre
|
42
|
7
|
-7
|
02-ago
|
D
|
libre
|
42
|
7
|
-7
|
03-ago
|
L
|
diurno
|
42
|
5
|
5
|
04-ago
|
M
|
diurno
|
42
|
5
|
5
|
05-ago
|
X
|
nocturno
|
51
|
5
|
5
|
06-ago
|
J
|
nocturno
|
51
|
5
|
5
|
07-ago
|
V
|
libre
|
42
|
|
-7
|
08-ago
|
S
|
libre
|
42
|
7
|
-7
|
09-ago
|
D
|
diurno
|
42
|
12
|
12
|
10-ago
|
l
|
diurno
|
42
|
5
|
5
|
|
|
|
1434
|
180
|
82
|
Como podéis observar hay una diferencia de 102 horas (más de
12 días) entre las condiciones ofrecidas y las del Acuerdo Marco.
Ya nos hemos puesto en contacto con RRHH para que nos
aclaren está situación, os mantendremos informados de la respuesta si la hubiere.
Recomendamos que hasta que la empresa no se pronuncie no
firméis el acuerdo de aceptación de condiciones de operación.
¡Una buena noticia para acabar el año! acaba de llegar la resolución de la Inspección de Trabajo por una denuncia del Comité de Empresa de Barcelona contra la Dirección de AtoS por las negociaciones de Major Events.

La Inspección sanciona a AtoS por Falta Grave porque la Dirección vio que la negociación con el Comité de Empresa
no era el camino de rosas que esperaba, e intentó cortocircuitarlo acudiendo directamente a los trabajadores, para ver si los podía doblegar más fácilmente. Para ello convocó una consulta unilateral el día 25 de mayo, y una reunión el día antes con los trabajadores (donde no dejaron entrar a sus Representantes, para poderlos presionar sin restricciones).
Ni así salió favorable el
resultado de la consulta fraudulenta.
Queda claro que la Dirección no puede negociar con quien quiera por mucho que no le guste el resultado. Es algo tan claro que no entendemos cómo puede el Despacho Garrigues haberlo aconsejado, ni haberse dado cuenta ninguna de las personas de Dirección y RRHH implicadas. Esperamos que el importe de la multa sea deducido de las abultadas minutas de Garrigues, y de los cuantiosos Bonus de la Dirección.
Fuente: Sección Sindical de la CGT en AtoS Barcelona
El 25 de mayo la empresa ha realizado "su consulta" a los trabajadores de Major Events en Barcelona (de 10:00 a 12:00) y Madrid (de 11:30 a 12:30) con la presencia de un Notario en cada centro. Esta era la papeleta de la consulta:
Los resultados han sido:
SI... 62 votos (56 BCN / 6 MAD)
NO... 60 votos (56 BCN / 4 MAD)
Ahora habrá que esperar a ver cual es el siguiente paso que da la empresa.
En Madrid la CGT ha hecho constar en el acta notarial su queja por la sala donde se celebraba la votación (c/ Albarracín 25, Planta 1, ITL) que ni en Recepción ni en RRHH nos han sabido indicar donde se encontraba y nos ha hecho perder más tiempo del que queríamos poder localizarla. También hemos hecho constar, junto con CCOO, otra queja ya que los trabajadores habían recibido una propuesta de acuerdo de compensaciones actualizada que la empresa no nos había hecho llegar a la RLT.
La presencia de CGT no ha sido, en absoluto, para legitimar la consulta de la empresa, sino para verificar que no se produjeran irregularidades.