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Dudas en periodo de operación...



Como cada vez que se acercan los periodos de operaciones (Lima, y Test Event Tokyo) aparecen vuestras dudas y esta vez no es menos, en esta ocasión hay tres preguntas estrella, empezamos por la más fácil:

1- ¿Cómo se contabilizan las horas de vuelo? Se contabilizan como horas de trabajo todas las horas entre la llegada al aeropuerto de salida y la llegada al hotel de destino, esto incluye también las horas en las escalas, retrasos etc. Todas las horas del vuelo son computadas dentro del día de salida del vuelo. Por ejemplo un vuelo con destino Lima y salida el 26 de junio a las 23:45 contaría desde las 20:45 (3h antes de la partida o lo que establezca la compañía aérea), mas 11:30h de vuelo mas 1h de traslado al hotel, es decir 15h30m de trabajo asignadas al 26 de junio. En este caso serían 7h laborables dentro de vuestra jornada (el 26 de junio es viernes) y 8:30h extras y por supuesto ese día no iríais a trabajar a la oficina, de lo contrario todas las horas serían horas extras.

2- ¿Tengo que trabajar el mismo día de llegada? Para esto solo hay que leer el artículo 5.5. de nuestro acuerdo marco “Tras el viaje de ida si el tiempo de viaje es superior a 8 horas se debe respetar un periodo de descanso de 12 horas, si es inferior a 8 horas se permite actividad laboral hasta completar una jornada de trabajo. En el caso de que el vuelo de regreso llegue en fecha posterior a la fecha de salida según la hora local (por ejemplo si el vuelo sale de la ciudad de origen el día 20 y llega a su destino el día 21 hora local), y si la hora de llegada es posterior a las 8:00 AM, el día de llegada computará como día trabajado”.

3- ¿Desde donde empiezan a contar las horas de trabajo durante el periodo de operación? Durante los periodos de operación se cuentan desde la salida de hotel hasta la vuelta al mismo, descontando las horas para comer si las hubiera. La reiterada jurisprudencia ha entendido que en el caso de que el trabajador realice desplazamientos que no sean propios de la ida y vuelta al trabajo desde el domicilio o residencia del trabajador deben considerarse como jornada de trabajo*.


*En estos supuestos el Tribunal supremo entiende que cuando el horario se anticipa para el trabajador a fin de realizar una actividad concreta en un determinado lugar que no es el de trabajo, el tiempo dedicado a desplazarse desde el centro de trabajo a distinto lugar, debe considerarse o computarse como jornada de trabajo, es decir todos aquellos desplazamientos que no sean propios de la ida y vuelta al trabajo desde el domicilio o residencia, sino que sean desplazamientos que están determinados por un deber impuesto por la empresa en atención a las necesidades o conveniencias del servicio debe computarse como jornada de trabajo, (Sentencia del Tribunal Supremo de fecha 28 septiembre de 2000; sentencia de 24 de junio de 1992 ( RJ 1992, 4669)). En ese sentido falló el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en su Sentencia núm.442/2001 dónde reconoció como tiempo efectivo de trabajo los desplazamientos que realizaba el trabajador que estuvo prestando sus servicios entre el 16 de octubre y el 17 de noviembre de 2.000 en una obra en la localidad de Botoa, que no era su lugar de trabajo, invirtiendo veinte minutos en la ida y otros tantos en la vuelta con un inexistente desplazamiento o movilidad geográfica.

Comparación compensaciones Pyeongchang 2018


Para demostrar que la empresa está tratando de jugar al ratón y al gato con nosotros ofreciendo condiciones de soporte "innegociables" os vamos a mostrar una comparativa entre las distintas ofertas que hay sobre la mesa (las podéis leer en este post) y las condiciones ofrecidas a nuestros compañeros de Mayor Events Barcelona.

Si el CTOC se realizase en Madrid y cogiendo unos turnos reales de soporte a los actuales Test Event de Pyeongchang, es decir una tabla tal que así:



Nos saldrían estas compensaciones:




Incluso con la petición de este comité (que la empresa dice que es desproporcionada) no llegaríamos a lo que cobrarán nuestros compañeros de Barcelona, esto es sólo para estos Test Events, no sabemos qué condiciones querrá aplicar la empresa en futuros eventos.

Obviamente la compañía está tratando de que firmemos unas condiciones "a la baja" para tener a MSL Technology como personal barato al que mandar como soporte a eventos deportivos como los Juegos Olímpicos y si no firmamos blanden continuamente sobre nosotros el fantasma de la subrogación de todos los empleados a AtoS IT.

Para aclarar dudas/preguntas que se tengan sobre la negociación, el viernes 24 y el lunes 27 de 11:00 a 14:00, dos miembros del comité estarán en la sala de reuniones de la 3ª planta de Marqués de Ahumada, si alguna persona no está por aquí también podrá preguntar en cualquier momento por Lync.

Segunda petición para abrir la negociación en MSL


Esta es la respuesta a la segunda vez que hemos vuelto a solicitar una reunión con RRHH para negociar el Acuerdo Marco y las Condiciones en Operación en Evento.

Reiteramos que somos conscientes de que MSL tiene también trabajadores que prestan servicios en el área de MEV por lo que, en su momento, se abrirá también una negociación al efecto con la representación legal de los trabajadores de MSL, que será informada previamente, cuando corresponda.

IRPF 2011, Individual Tax Number, Categoría Profesional, Acuerdo Marco y Condiciones generales de Viajes


A continuación os resumimos los asuntos tratados en la reunión con recursos humanos:

IRPF 2011. Nos comentaron que están elaborando la carta que nos van a facilitar. Se están redactando los documentos necesarios para la reclamación en los que se modificará el encabezado “La empresa declara…”. Sigue pendiente el modo de proceder y se nos informará en breve. Van a comenzar con la recopilación de información de las personas afectadas y los datos sobre los días de viajes para la elaboración de la modificación del certificado de retenciones. Estos datos son de los que tiene constancia la empresa, bien por documentos o correos de los jefes de proyecto, nuestra recomendación es que tengáis localizados los viajes vosotros también por si vieseis discrepancias entre lo que os dicen y lo que realmente hayáis viajado.

Individual Tax Number Toronto 2015. No saben exactamente la finalidad del mismo. El gobierno canadiense necesita saber quiénes estuvieron trabajando allí, por tema de impuestos generados allí. No es obligatorio rellenar el formulario, pero se recomienda hacerlo y entregarlo a Leyre. Se pide más información.

Cambios en GCM y Categoría Profesional. Desde Diciembre, RRHH sólo tienen constancia de una persona para su revisión. Si alguno de vosotros ha solicitado el cambio de su categoría profesional, por favor hablar con vuestros L.M. para que él se ponga en contacto con RRHH para tramitar dicho cambio. Tanto las categorías profesionales como los GCM’s se están revisando por parte de la empresa para adecuarlo a nuestras funciones en la empresa( aprox. Abril 2016 ). Se comunicará personalmente a cada uno que le afecte dentro de la nueva política de comunicaciones que quiere realizar la empresa.

Acuerdo Marco y Condiciones generales de Viajes. Se actualizaron los mismos a partir de vuestras sugerencias en la asamblea del viernes y se entregaron los mismos a RRHH.

Eventos y viajes que se están produciendo ahora. Se comunicaron las inquietudes que nos habéis transmitidos. RRHH va a estudiar la opción de dejar abiertos los proyectos más tiempo para que los días trabajados en fin de semana o fiestas se puedan imputar como TOIL dentro del correspondiente proyecto/evento.