Última propuesta condiciones de operación
Vamos a
hacer un pequeño resumen de la negociación del acuerdo marco y en qué punto nos
encontramos ahora mismo.
Partimos
siempre de que la representación de la empresa en las negociaciones no tiene
capacidad negociadora y que todas las cifras vienen impuestas por la dirección
de MEV desde Barcelona, se insiste en que seguimos siendo MSL pero en las
reuniones nos demuestran que no es así.
Os
detallamos la propuesta de compensaciones de operación de la empresa:
Fuera de Madrid:
45€/día
Una hora de compensación por cada hora
trabajada por encima de la octava o en festivos.
Sin límite de días de operación, esto es una
distribución irregular de jornada de 1760 horas anuales, o sea, todas.
Estas horas siempre se recuperan a la vuelta
del evento.
En Madrid:
32€ en horario diurno y 52€ en horario
nocturno
Una hora de compensación por cada hora
trabajada por encima de la octava.
Estas horas se pueden recuperar durante el
evento o al acabar el mismo.
Sin límite de días de operación, el horario
puede ser distribuido a lo largo de las 24h que tiene un día.
Compensaciones
de operación propuestas por la RLT siguiendo los parámetros que nos fijaron en
la anterior reunión, con tramos de días de operación y tras bajar las
pretensiones iniciales fijadas junto a vosotros en la asamblea de trabajadores
del año pasado:
Fuera de Madrid:
Entre 1 y 25 días de operación 55€ / día
Entre 26 y 50 días de operación 85€ / día
Entre 51 y 75 días de operación 115€ / día
A partir de 76 días ya no tendrán
consideración de días de operación
En sábados, domingos o festivos en la
Comunidad de Madrid se compensarán todas las horas trabajadas con horas de
tiempo de descanso compensatorio y el resto de días a por partir de la octava
hora (o séptima en caso de jornada de verano, 16 de junio a 31 de agosto).
Todos los días de operación se considerarán
como mínimo como una jornada de trabajo efectivo de 8h se trabaje o no.
En caso de no ser posible el control horario
todos los días contarán como jornada de 12h.
Las horas de descanso compensatorio se
disfrutarán siempre dentro de los cuatro meses siguientes al final de la
operación, no siendo compensables por cantidad económica.
El control de horas realizadas cada semana lo
llevará cada empleado el cual tendrá que mandar al responsable de recursos humanos
designado para esa operación y al responsable de deporte al que está asignado
el empleado, en ausencia de un responsable de deporte se le mandará a su
coordinador en la operación.
En Madrid:
No se contemplan compensaciones específicas,
se puede cubrir un evento con desplazamientos horarios, on-calls y horas
extras.
Nuestra capacidad de negociar unas condiciones que no supongan una merma de derechos está directamente relacionada con vuestra actitud a la hora de aceptar ir a eventos sin condiciones firmadas, a cada paso que damos recibimos la misma respuesta "si ahora lo hacéis gratis", si no vamos todos a una, no conseguiremos nada.
Lo que no haremos nunca es firmar unas condiciones peores que las que la compañía ya ofrece de facto, peores que las ofrecidas a nuestros compañeros de Mayor Events Barcelona (próximamente un post con cifras) o peores que el Estatuto de los Trabajadores y convenio del sector.
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